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Interpretación del
Listado de Cuadre de Cuotas |
¿Qué
permite el Listado de Cuadre de Cuotas?
Permite
comprobar que las retenciones practicadas a los trabajadores durante el
ejercicio son correctas y, en caso contrario, propone el porcentaje de IRPF
que se debe retener en la nómina mensual del mes de diciembre para que la
retención cuadre.
Este listado no
tiene en cuenta el tope máximo del 45% a fin de conocer la situación real
de los trabajadores que superen ese tope (el cálculo de la previsión de IRPF
del mes de diciembre, sin embargo, sí tiene en cuenta este tope). Como tampoco
tiene en cuenta los nuevos topes aparecidos con el R.D.
594/2002, con lo cual, el porcentaje que se obtenga, será el que aplicado
en la nómina mensual de diciembre, dejará la retención del ejercicio cuadrada.
Interpretación
del Listado de Cuadre Cuotas
A
continuación, se muestra un ejemplo de un Listado de Cuadre Cuotas,
explicando cada uno de los campos que lo componen:
![]()


§
Reducción: Si un trabajador tiene
informado un concepto con el indicador activado de “Percepción Notoriamente
Irregular” (que tributan el 70% del importe total del concepto), en esta
columna aparecerá el 40% del importe total del
concepto, elevado al año.
Puede comprobarlo en el campo: “Base Rend. Irregulares”, del apartado “Datos Retención I.R.P.F.” del Histórico de IRPF.
En nuestro ejemplo, el 40% de la Base de
Rendimientos Irregulares es: 30,05 x 40% = 12,02 (que es lo que aparece en el Listado de
Cuadre).

§
Gastos: aparece la suma de las
casillas: Cotización a
La Cotización a

IMPORTANTE: Aunque se haya forzado
el importe en el apartado: “Mantenimiento
de Datos IRPF” de la ficha
del trabajador, siempre tomará la cantidad informada en el Histórico de IRPF.
§
La cantidades de Seguridad Social de Autónomos, Pensiones al Cónyuge,
y Anualidades por alimentos a hijos se toman del apartado: “Mantenimiento de Datos IRPF”
de la Ficha del trabajador.

§
Retribución: aparece lo que ha
cobrado el trabajador durante todo el año, es decir, la suma de las Bases de
Retribución Dineraria, Rendimientos Irregulares y Retribución en
Especie, que figuran en el apartado “Datos Retención I.R.P.F.” del Histórico de IRPF.

§
Retención
Realizada:
aparece lo que se le ha retenido al trabajador durante todo el año, es decir,
la suma de las Retenciones Dinerarias, Irregulares y el Ingreso
a Cuenta (ya sea a cargo de la empresa o del trabajador) por Conceptos en Especie, que
figuran en el apartado “Datos Retención I.R.P.F.” del Histórico de IRPF.

§
Retención
Teórica:
Es la cuota de retención calculada a partir
de los Ingresos anuales realmente percibidos. Esta cuota coincidirá con la
calculada por Hacienda en la Declaración de la Renta.
§
Diferencia
de Retención: es la resta de
§
%
(*): Porcentaje a aplicar en la paga mensual de diciembre para compensar la diferencia de retención. Este listado no tiene en cuenta criterios de regularización, por tanto, el % obtenido puede no corresponderse con lo establecido en el R.D. 861/2008 de 23 de mayo. En base a ello, usted deberá
decidir si es correcto aplicar o no el porcentaje propuesto por el listado.
IMPORTANTE: Tiene
que comprobar siempre si el porcentaje que propone el
programa se debe aplicar o no en la paga de diciembre, puesto que el
Listado de Cuadre no puede saber si ha habido alguna variación de bases o
cualquier otro límite que se pueda aplicar, según B.O.E.
13/07/2002.